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Las transferencias entre cuentas propias podrán ser investigados por la AFIP

Esta acción que para muchos usuarios resulta en apariencia inofensiva, puede generar serios problemas fiscales. Aquí, todos los pormenores

06/09/2024 – 09:34hs

transferencias

Tal vez por escasez de fondos, para distribuir mejor los ingresos, pos los beneficios y descuentos que ofrece cada una o por todo cualquier de necesidad, lo cierto es que las transferencias entre cuentas propias son una práctica cada vez más usual: sea desde un banco a una billetera virtual, y viceversa, este auge de la digitalización también aumenta el número de usuarios que desconoce las «secuelas» que esta sencilla operación cotidiana puede traer aparejadas. ¿Qué se debe tener en cuenta sobre los controles que lleva a cabo al respecto la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para no pagar impuestos?

Ya no es novedad que la AFIP cuenta con acceso a toda esta información y que, además, tiene la facultad y las herramientas necesarias para monitorear todas las transacciones, en especial cuando se trata de operaciones de montos elevados.

No bien se lleva a cabo la transferencia, la entidad que recibe ese dinero es la encargada de controlar tanto la legalidad de la transacción como su «oriundez». En caso de dudar sobre el origen de los fondos, a través de diferentes medios (correo electrónico o a través de la misma aplicación) la entidad financiera y la AFIP le pueden pedir al usuario la documentación pertinente, que puede incluir desde recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios, según la situación de cada persona, facturas emitidas en el último período y certificados de ingresos.

Transferencias entre cuentas propias: ¿debo pagar impuestos?

Con el fin de optimizar el control sobre las operaciones llevadas adelante en el sistema financiero y asegurar el cumplimiento de normativas en vigor, desde septiembre está vigente la nueva disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos

Al ente recaudador esto le permite investigar a los usuarios de billeteras digitales que efectúen transferencias, mantengan saldos o hagan consumos que superen el tope de $400.000 establecidos por la AFIP a partir del 1.º de agosto.

Para quedar por fuera del radar de los controles del organismo, la actualización también dispone un límite de un saldo mensual que no deberá superar los $700.000. No obstante, estos montos se irán actualizando cada seis meses, según consta en la Resolución General Nº 5512, y por lo pronto en febrero de 2025 comenzará a regir un nuevo tope.

Junto con una serie de medidas puestas en marcha en los últimos años, en especial para tener un mayor control de las transacciones financieras en el ámbito local, estas acciones forman parte de una estrategia de la AFIP que tiene como fin mejorar los mecanismos de información.

El dudoso origen de los fondos

Si en caso de ser notificado el cliente de una entidad bancaria o billetera virtual no pudiera justificar el origen de los fondos de aquellas transferencias, la AFIP podría tomar medidas más estrictas, que oscilan entre cerrar la cuenta del usuario hasta enviar a las autoridades competentes un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) con el fin de que esa persona sea investigada por actividades ilícitas, incluso lavado de dinero.

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