El Gobierno oficializó este lunes, tras la publicación en el Boletín Oficial, una resolución que limita las condiciones requeridas para acceder a una pensión por invalidez. La decisión fue tomada luego de que los primeros resultados de una auditoría realizada en la base de datos de los beneficiarios constatara que había “inconsistencias alarmantes”.
En las primeras 10.900 pensiones que relevó un equipo de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), entre más de 330.000 otorgadas en la región metropolitana, la mayoría de los beneficiarios de la pensión no vive donde había declarado y menos de la mitad cumple con los requisitos para acceder a esa prestación. “La auditoría será sobre el 100% del padrón de beneficiarios”, había anticipado ese organismo en diálogo con este diario antes de comenzar la revisión. “Va a ser uno por uno. No podemos cometer el error de sacarle la pensión a quien le corresponde. Citaremos a todos y la evaluación será con criterio médico y socioeconómico. Habrá instancias de verificación”, amplió, entonces, el equipo a cargo de Diego Spagnuolo.
“La pensión no contributiva por invalidez laboral se encuentra sujeta a revisión y/o auditoría médica y socioeconómica, y podrá pedirse su revalidación según lo determine la Autoridad competente”, cita el artículo 3 del decreto 843 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Según los fundamentos del Gobierno para limitar los requisitos, “al convalidarse, en forma generalizada y sin recaudo alguno, la utilización de fondos destinados a quienes por su incapacidad se ven imposibilitados para trabajar, en personas que no presentan tal condición” se dilapidan recursos del Estado. “En consecuencia, resulta necesario restablecer los requisitos de encontrarse incapacitado en forma total y permanente y de no poseer un vínculo laboral formal ni estar inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente para poder acceder a la correspondiente pensión”, se añadió en el decreto.
Noticia en desarrollo
LA NACION